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Los desempleados seguirán teniendo en 2017 el bono anual de 10 euros para viajar en la EMT

    Los vecinos de Valencia que estén desempleados con unos ingresos por debajo del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y sus familias pueden viajar en autobuses de  EMT con el bono social de 10 euros anuales, más 3 euros de coste de la tarjeta. Para acceder a este bono los beneficiarios deberán cumplir los requisitos de renta baja establecidos por la OCDE para determinar el denominado “riesgo de pobreza”.

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    Abono anual para personas paradas y sus familias (cónyuge e hijos menores de 16 años), con rentas bajas y empadronadas en Valencia como mínimo desde los 6 meses anteriores a la solicitud. Se trata de un título temporal, sin límite de viajes en la red de EMT Valencia, dentro del año natural en curso, siempre que siga cumpliendo los requisitos.

    REQUISITOS

    Para la renta, la base del cálculo es la renta familiar, en su caso, la renta de ambos cónyuges. Se calcula sobre el dato del IPREM que se amplía para el caso de familias.

    1 persona (sustentador principal): 7.455´14 eu (IPREMx1)

    Cónyuge (IPREMx0,5)

    Por cada hijo menor de 16 años (IPREMx0,3)

    SOLICITUD

    Solicitud: En las Juntas Municipales de Distrito.

    Documentos necesarios:

    Formulario de solicitud debidamente cumplimentado. A rellenar en las Juntas Municipales.

    NIF, NIE o Passaporte (Original y fotocopia del anverso y reverso).

    Certificado de Renta emitido per la Agencia Tributaria(Original). En el caso de tener cónyuge y/o hijos tendrá que presentar el certificado de ambos cónyuges y aportar el Libro de Familia.

    Certificado de inscripción en el SERVEF (Original).

    – La solicitud del título la hará siempre el titular del mismo; en el caso de que el solicitante sea menor de edad, deberá venir el titular acompañado de su tutor o representante legal.

    – Revisión periódica por parte de EMT para comprobar cumplimiento de requisitos. La pérdida del derecho no implica devolución de importes abonados. En caso de recuperar de nuevo el derecho en el año natural en curso, no se abonará de nuevo el importe del título.

    – Renovación anual: Para la renovación deberás traer además de la documentación arriba indicada, tu título EMTambTu.

     

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